A través de un fallo, el Consejo de Estado determinó que las cervezas sin alcohol no deben pagar impuesto al consumo, porque no superan los niveles para entrar en la categoría de bebida alcohólica.

Según explicó el magistrado Milton Chaves, quien además es el consejero ponente, en este caso se definió “con fundamento en los grados alcoholimétricos de las bebidas”; detalló que aquellas que no pasen de 2.5 grados no se consideran cerveza.

Aclaró que es una decisión definitiva, pues se dio la segunda instancia del proceso y “por ende no hay más recursos ordinarios”.

Asimismo, el Consejo de Estado reiteró, a través de la sentencia, que la cerveza para efectos del impuesto al consumo, “es aquella considerada como bebida alcohólica, es decir, cuyo contenido esté compuesto por una graduación superior a 2.5 grados alcoholimétricos”.

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