El Tribunal del Cauca determinó que la institución militar no “demostró que la información era clasificada y reservada, se trata de información pública a la que puede tener acceso”.
El Tribunal Administrativo del Cauca falló a favor de SEMANA y le ordenó al Ejército entregar información que en una primera instancia había sido negada argumentando que era reservada.
La corporación judicial evaluó el caso y consideró que el Ejército, al irse el caso a instancias judiciales, “no logró acreditar la configuración de un daño presente, probable y específico como lo exigen la norma y la jurisprudencia constitucional; como tampoco demostró que la información era clasificada y reservada, se trata de información pública a la que puede tener acceso el periodista”.
El Ejército había elevado a rango de secreto el caso del general Federico Mejía, quien ordenó liberar a un presunto traficante de cocaína y, para ello, usó bienes del Estado como helicópteros y personal militar de la Tercera División.
La sentencia el alto tribunal le recordó al Ejército que: “Conforme a nuestra Carta Política , todos tenemos derecho a acceder a la información pública, entendiéndose esta, como aquel contenido que es producido por cualquier entidad del Estado, en ejercicio de sus funciones y que se ve representada en un documento (escrito, audiovisual, fotografías, etc). Señala la misma Constitución, será el legislador, mediante ley, quien determine cuales informaciones o documentos tienen el carácter de reservados”.


